El voto del juez Gonzalo Sagastume, comparte el criterio del Fiscal ante el Superior Tribunal, Oscar Fappiano, respecto al mecanismo a adoptar a partir de las próximas elecciones, en el conteo de las preferencias, de manera que se hará en forma separada por género. Así si un varón de una lista es preferido de acuerdo al porcentaje establecido en la norma vigente que reglamenta dicho sistema, solamente modificará el orden impreso en la lista desplazando a otro varón, e idéntica situación se presenta en relación a las mujeres. “Únicamente así, se garantizará en más y mejor medida, la paridad de género en el acceso a las bancas del Departamento Legislativo de la ciudad de Ushuaia”, indica el fallo del Magistrado.
Aclara el Superior Tribunal que “la interpretación mencionada resulta aplicable a partir de los próximos comicios a realizarse, y no genera consecuencia alguna ni invalida las designaciones de los actuales concejales de la ciudad de Ushuaia, ya que estos han sido proclamados en base a una interpretación adoptada para contabilizar las preferencias por la Junta Electoral Municipal encargada de organizar, supervisar y dirigir los comicios, que hasta esta oportunidad nunca había sido cuestionada ante este Estrado”.
En su adhesión al criterio establecido por el juez Sagastume; la jueza María del Carmen Battaini dice:
“Esta interpretación permite que las bancas se distribuyan según el esquema definido en el artículo 220 de la Carta Orgánica Municipal y su similar número 35 de la Ordenanza 2578, garantizando que los cargos que le correspondan a cada lista según las veces que figuren sus cocientes en el número de cargos a cubrir, sean asignados a los candidatos correspondientes respetando la alternancia por género establecida en las respectivas listas”.
Y agrega: “Una interpretación diferente a la aquí propuesta nos llevaría a avalar que las pautas constitucionales tendientes a la protección de los derechos de participación de las mujeres en el proceso electoral se transformen en una mera formalidad y las acciones positivas adoptadas por los convencionales locales en simples declamaciones”.